Redes públicas, redes privadas ¿que pinta aquí la titularidad?
Salieron las palabras.
Como algunos ya sabéis me matriculé en el Ciclo Superior de Administración de Sistemas Informáticos (mas o menos la antigua FPII).
Pues bien, la polémica surge en la asignatura de Redes de Área Local cuando las lineas se tienen que clasificar en base a su "titularidad". Así nos cuentan que se crean tres categorías: Líneas privadas, líneas públicas y líneas dedicadas.
Son lineas privadas las que tienen un propietario definido. Las redes LAN suelen ser privadas. Todo su recorrido es propiedad del poseedor de la red.
Las líneas públicas son de titularidad pública. Generalmente pertenecen a alguna compañía de comunicación. Tienen ámbito nacional y/o supranacional. Los usuarios obtienen un servicio en régimen de alquiler.
Por último son líneas dedicadas aquellas líneas públicas (titularidad pública) pero exclusivas para un determinado usuario.
Hasta aquí la teoría y el comienzo de mi discrepancia y la polémica en la definición de línea pública.
Según lo antes expuesto las líneas públicas son de titularidad pública. La RAE define "titularidad" como "Propiedad de algo legalmente reconocido". Es decir que decir que algo es de "titularidad pública" significa jurídicamente que pertenece a una administración pública (independientemente del ámbito: local, autonómico o estatal). Ahora bien sabemos que esto no es cierto en España. Las principales líneas de comunicación en lo referido a telefonía y datos son de titularidad privada: Telefónica, Orange, Ono, Telecable...
Alguien argumenta entonces que estas líneas independientemente de su dueño están abiertas a otros proveedores. Es cierto en el caso de Telefónica y la red RTB (Telefonía Básica y ADSL) por una razón. Esa red se construyó con dinero público cuando Telefónica era monopolio estatal. Tras la vergonzosa privatización del PP resultó que Telefónica se convirtió en un monopolio privado (tenía toda la red RTB pero ahora la titularidad era privada y por tanto podía negarse a revender su red). Para ello se obligó legalmente a la ex-operadora pública a prestar su red a terceros para su reventa.
¿Es pues esa línea pública? ¿Que se entiende por público? La RAE lo define, entre otras cosas como "adj. Perteneciente o relativo a todo el pueblo". Pero también admite la palabra "servicio público" que define como "1. m. Der. Actividad llevada a cabo por la Administración o, bajo un cierto control y regulación de esta, por una organización, especializada o no, y destinada a satisfacer necesidades de la colectividad."
Y resulta que las telecomunicaciones son un servicio público. Porque están reguladas hasta en Estados Unidos (y si no que se lo digan AT&T). En España se regulan incluso los precios, pero también el despliegue (dado que entre otras cosas estas líneas invaden terreno público.
Por supuesto no hablemos ya de las lineas dedicadas. ¿No es una Frame Relay de Telefónica una línea privada? ¿Es de titularidad pública? No, obviamente.
Por si la gente no lo sabe ONO no tiene ninguna obligación de compartir sus lineas de fibra óptica con otros operadores. Ni Orange sus centrales para acceso indirecto como hace telefónica.
Así podríamos hablar mas bien del régimen de explotación o del tipo de acceso.
Las líneas privadas son aquellas con un régimen de explotación privado usadas solo por su propietario o quien este autorice, pero a las que no puede acceder cualquiera previa solicitud. Por ejemplo son líneas privadas en general todas las LAN o Wifi protegidas (si, son redes pero las redes están hechas de líneas de comunicación).
Las líneas públicas son aquellas con un régimen de explotación en calidad de servicio público. O más concretamente de acceso público. Cualquiera puede acceder a estas líneas sea de forma libre o cumpliendo unas ciertas condiciones que cualquiera puede cumplir (en principio). Absolutamente cualquiera puede enchufarse a la red RTB o a las de fibra óptica de las diferentes cableras si paga la cuota mensual de alquiler. Pero también hay redes wifi cuyas líneas son inalámbricas y las que puede acceder cualquiera sin permiso previo y sin satisfacer cuotas (por ejemplo redes Wifi ciudadanas).
Y podríamos tener también las líneas dedicadas como aquellas operadas por titulares públicos o privados pero a las que tiene acceso solo un colectivo determinado. Las líneas de RedIris son por ejemplo públicas, pero solo para Universidades, Centros de Investigación, etc. Las lineas Frame Relay de telefónoca son privadas, pero se dirigen a empresas y no a particulares.
Luego por favor, señores informáticos, no confundamos la titularidad con el régimen de explotación o acceso. Mi Wifi de casa es de titularidad privada (para algo el router que lleva la línea a otros equipos es mío) pero de acceso público (salvo los capados pertinentes para p2p y demás, claro xD).
Espero que nadie se ofendiera por mi comentario sobre que "los informáticos no suelen tener demasiada idea de leyes" pero la titularidad es lo que es: ser propietario de algo.
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