Concordato de 1979: necesidad de una revisión urgente
Nunca hubiera creído que un texto aprobado por nuestras cortes apenas un mes después de aprobarse nuestra constitución pudiera atentar contra las bases de un estado como el nuestro que, al menos en teoría, es aconfesional.
El vigente Concordato con la Santa Sede, aprobado por las cortes poco después de la Constitución, y firmado el 3 de enero de 1979 establece entre otros, los siguientes puntos:
Economía:
Artículo I
1. El Estado se compromete a colaborar con la Iglesia Católica en la consecución de su adecuado sostenimiento económico, con respeto absoluto del principio de libertad religiosa.
Toda una declaración de intenciones :-)
Artículo II
Evito citar el artículo completo por la longitud. Establece que el estado mantendrá con cargo a los Presupuestos Generales del Estado a la Iglesia Católica durante tres años (hasta 1982). Durante esos tres años se cambiará a un sistema de ingresos a través de los tributos: IRPF, osea, el impuesto de la renta. Se hará en base a que cada contribuyente "manifieste expresamente en la declaración respectiva, su voluntad acerca del destino de la parte afectada. En ausencia de tal declaración la cantidad correspondiente se destinará a otros fines."
El punto cinco no tiene desperdicio:
5. La Iglesia Católica declara su propósito de lograr por sí misma los recursos suficientes para la atención de sus necesidades. Cuando fuera conseguido este propósito, ambas partes se pondrán de acuerdo para sustituir los sistemas de colaboración financiera expresada en los párrafos anteriores de este artículo, por otros campos y formas de colaboración económica entre la Iglesia Católica y el Estado.
Como dirían Cruz y Raya, si hay que declarar, se declara, ahora, declarar 'pa na' es tontería. Pues aquí hay un buen ejemplo. Han pasado 26 años desde la firma del concordato y la Iglesia Católica sigue amarrada a las arcas del estado. Pero es que incluso aunque lograran los recursos suficientes el artículo establece que el Estado seguiría colaborando económicamente.
ARTICULO IV
Este artículo establece las exenciones fiscales, nada despreciables, ya que la Iglesia tiene "Exención total y permanente de la Contribución Territorial Urbana" y "Exención de las contribuciones especiales y de la tasa de equivalencia" de la mayoría de sus inmuebles, "Exención total y permanente de los impuestos reales o de producto, sobre la renta y sobre el patrimonio" (aunque excluye la actividad económica, capitales y cesiones).
Enseñanza:
ARTICULO I
La educación que se imparta en los Centros docentes públicos será respetuosa con los valores de la ética cristiana.
Toma ya, otra declaración de intenciones para la enseñanza. Si no es respetuoso con la ética islámica, judía, budista u otras vale, pero oye ¡no me toques a la ética cristiana!
Si nos atenemos a la definición da Real Academia Española, la ética es 4. f. Parte de la filosofía que trata de la moral y de las obligaciones del hombre. 5. f. Conjunto de normas morales que rigen la conducta humana.
Con lo cual veamos si me aclaro, si hay que respetar la ética católica ¿¡no se puede impartir educación sexual que explique el uso de anticonceptivos!?
Artículo II
Los planes educativos hasta el antiguo BUP (hoy ESO) o equivalentes "incluirán la enseñanza de la religión católica en todos los Centros de educación, en condiciones equiparables a las demás disciplinas fundamentales."
Todo un ejemplo de formación científica crítica. Señores mios, la iglesia católica es un ejemplo de una religión dogmática, con una capacidad escasa de reflexión. Pongamos un ejemplo: Jesús es hijo de dios. Eso es un dogma, pero da la casualidad de que Jesús era judío, y un judío como Jesús JAMAS se consideraría hijo de dios. Para los judíos o musulmanes Jesús no es hijo de dios. Históricamente podemos decir que era un caudillo, un rey rebelde contra el poder de Roma. ¿Que tesis es sostenible? ¿Como se puede equiparar la visión religiosa de Jesús con la histórica? Como futuro historiador me resulta cuanto menos un insulto a mi disciplina.
Por respeto a la libertad de conciencia, dicha enseñanza -la que va de la EGB al BUP, o lo que hoy sería Primaria y ESO- no tendrá carácter obligatorio para los alumnos. Se garantiza, sin embargo, el derecho a recibirla.
Si somos un estado aconfesional ¿porque garantizamos la enseñanza religiosa a uno si y a otros no? ¿Por que si una persona es protestante y tiene hijos no garantizamos la educación religiosa protestante? ¿Y por que no lo hacemos para los que tengan religión musulmana?
ARTICULO XIV
Salvaguardando los principios de libertad religiosa y de expresión, el Estado velará para que sean respetados en sus medios de comunicación social los sentimientos de los católicos y establecerá los correspondientes acuerdos sobre estas materias con la Conferencia Episcopal Española.
Veamos, tanto respeto merece un católico como un musulman, pero que yo respete a las personas ¿implica que tenga que respetar su ideología? ¿Por que tiene que importarme si a un católico le hiere por ejemplo que yo ponga a parir a los cuatro vientos las mil y un infamias históricas que la Biblia contiene? Curiosamente nadie se escandaliza cuando se pone a parir la doctrina islámica (por lo visto para algunos todos los islamistas son ultraortodoxos), pero ojo, dios nos libre de tocar la doctrina católica.
Ejército:
Poco hay que decir, ya que dedica la mayor parte de su articulado a establecer el funcionamiento y jerarquía de la curia militar. Lo mas llamativo es comprobar:
Artículo V
4) Se podrá considerar de acuerdo con lo que establezca la Ley, como prestación social sustitutoria de las obligaciones específicas del Servicio Militar, la de quienes durante un período de tres años, bajo la dependencia de la Jerarquía Eclesiástica, se consagren al apostolado como presbíteros, diáconos o religiosos profesos en territorios de misión o como capellanes de emigrantes.
Osea, que la objeción de conciencia podía solucionarse metiéndote a cura.
Por todo ello muchas personas estamos solicitando la urgente revisión del concordato de 1979, ya que consideramos que la iglesia debe ser un organismo totalmente independiente del estado, de la misma forma que lo son las ONG o cualquier otro tipo de religión.
Únete a nosotros firmando una carta dirigida al gobierno español con estas peticiones.
Concordato de 1979
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Cual fue mi solución y
Cual fue mi solución y probablemente la tuya, ya que estás leyendo esta página? Desactivar todos los periféricos mcdba del PC, entendiendo como periféricos desde la Tarjeta de Sonido hasta la de Red o el soporte FireWire. Lo primero fue desactivar en la BIOS todos los periféricos integrados. Tras ver que la instalación seguía fallando pasé a las tarjetas PCI y dado que solo hay una mcdst (un modem interno 56k) lo desenchufe de la placa base, reinicié la instalación y ¡BINGO! Si os preguntáis por que Windows 2000 no se colgaba con el modem era por que no lo reconocía.Cual fue mi solución y probablemente la tuya, ya que estás leyendo esta página? Desactivar todos los periféricos del PC, mcitp entendiendo como periféricos desde la Tarjeta de Sonido hasta la de Red o el soporte FireWire. Lo primero fue desactivar en la BIOS todos los periféricos integrados. Tras ver que la instalación seguía fallando pasé a las tarjetas PCI mcts y dado que solo hay una (un modem interno 56k) lo desenchufe de la placa base, reinicié la instalación y ¡BINGO! Si os preguntáis por que Windows 2000 no se colgaba con el modem era por que no lo reconocía.